<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140526-84</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/05/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 31 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>123</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-05-26-123200520140106</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/05/26/BOCM-20140526-84.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/05/26/BOCM-20140526-84.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/05/26/BOCM-20140526-84.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/05/26/BOCM-20140526-84.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 84 
 Ejecución 31 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 31 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Christian Wladimir Chicaiza Carpio, frente a “Grupo Belusia Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto número 262 de 2014
  En Madrid, a 1 de abril de 2014.
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 859,74 euros de principal y 171,95 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Grupo Belusia Restauración, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2508-0000-64-0031-14.
  Así lo acuerdo y firmo, doy fe..La secretaria judicial, Montserrat Torrente Muñoz.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Belusia Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de abril de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.986/14)</texto>
</documento>