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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/06/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villamantilla. Régimen económico. Impuesto bienes inmuebles rústica 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamantilla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 101 
 Impuesto bienes inmuebles rústica 2014 
  Habiendo sido aprobado por decreto de Alcaldía, de 30 de abril de 2014, el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, correspondiente al año 2014, se expone al público por un período de veinte días, a fin de que los interesados puedan examinarlo e interponer las reclamaciones que estimen oportunas.
  Asimismo, se comunica que, de conformidad con los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, del Reglamento General de Recaudación, el período de cobro en voluntaria tendrá lugar de 20 de junio a 5 de septiembre de 2014, ambos inclusive.
  Transcurrido el plazo señalado como período de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Contra la exposición del padrón y las liquidaciones contenidas en el mismo, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del período de exposición al público del padrón.
  En Villamantilla, a 30 de abril de 2014..El alcalde, Juan Antonio de la Morena Doca.
  (02/3.525/14)</texto>
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