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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/06/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 82 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>145</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 146 
 Ejecución 82 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 82 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Leonor Romero Rodríguez frente da don Darío Oscar Ballester Sangiovanni, doña Susana Raquel Fernández Morera y “Bar Viva Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Rosario Barrio Pelegrini..En Madrid, a 22 de mayo de 2014.
  Por recibida el anterior despacho del Registro de la Propiedad número 17 de Madrid, únase a los autos de su razón, dando traslado a las partes a fin de que manifiesten lo que a su derecho convengan en el plazo de diez días.
  Por recibido el anterior por la parte actora, únase a los autos de su razón y procédase a la subasta del bien inmueble embargado: urbana, una casa destinada a habitación, situada en el pueblo de Beniatjar (Valencia), en la partida a calle de San José, con número 23 de policía, compuesta de planta baja y alto destinado a desván, que mide una superficie de 100 metros cuadrados, finca 1.398 del Registro de la Propiedad de Albaida, valorada en 65.000 euros, señalándose para que la misma tenga lugar en la sede de este Juzgado, el día 8 de octubre de 2014, a las diez horas.
  Anúnciese por medio de edicto que se fijará con veinte días de antelación en el sitio público de este Juzgado, en el que, además de los requisitos establecidos en el artículo 646, párrafo primero de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se hará constar lo siguiente:
  1.o  Que la certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado, donde puede consultarse, y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, estándose en lo prevenido en la regla 5.a del artículo 140, reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que los postores aceptan esta situación.
  2.o  Cargas y gravámenes subsistentes:
  Al ejecutarse créditos que gozan de las preferencias establecidas en el artículo 32.1 del Estatuto de los Trabajadores, no subsistirán ninguna de las cargas y gravámenes del inmueble (incluso las anteriores).
  3.o  Que no consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Susana Raquel Fernández Morera, don Darío Oscar Ballester Sangiovanni y “Bar Viva Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de mayo de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.294/14)</texto>
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