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    <fecha_publicacion>2014/06/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 2. Seguridad Social 998 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2 
 
 239 
 Seguridad Social 998 de 2011 
  EDICTO
  Doña María del Carmen Martín García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 998 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristian Raducan contra Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), “Asepeyo”, don Antonio Mijancos Torres, “Procogoa, Sociedad Limitada”, y “Adisa Área Construcción, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Se ha presentado escrito por la procuradora doña Sagrario Domínguez Alba, en nombre y representación del demandante don Cristian Raducan, en fecha 29 de octubre de 2013, solicitando ampliación de la demanda.
  Visto el contenido del mismo, acuerdo tener por ampliada la demanda contra don Antonio Javier Mijancos Torres, “Procogoa, Sociedad Limitada”, y “Adisa Área Construcción, Sociedad Limitada”, y en su consecuencia, cítese a las partes para la celebración del juicio, señalándose para los mismos la audiencia del día 1 de julio de 2014, a las nueve cuarenta y cinco horas, para la celebración del mismo en la Sala de vistas de este órgano judicial, sito en la calle Marqués de Mendigorría, sin número.
  Hágase entrega a los demandados don Antonio Javier Mijancos Torres, “Procogoa, Sociedad Limitada”, y “Adisa Área Construcción, Sociedad Limitada”, contra la que se ha ampliado la demanda, de copia de la demanda presentada y del resto de documentos, advirtiendo a las partes de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de la Jurisdicción Social.
  Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos, y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Procogoa, Sociedad Limitada”, y “Adisa Área Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo, a 2 de junio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.495/14)</texto>
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