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    <fecha_publicacion>2014/07/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Juicio verbal 208 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>155</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37 
 
 70 
 Juicio verbal 208 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio verbal número 208 de 2011, a instancias de “Canal de Isabel II”, representado por la procuradora doña Carmen Armesto Tinoco, contra don Jorge Enrique Loaiza Feijoo, sobre otras materias, y ante el ignorado domicilio del demandado que posteriormente se indica, se ha acordado librar el presente a fin de notificar al mismo la sentencia de fecha 1 de abril de 2013 dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Canal de Isabel II”, contra don Jorge Enrique Loaiza Feijoo:
  1.o  Condeno a don Jorge Enrique Loaiza Feijoo a que abone a “Canal de Isabel II” la suma de 2.984,13 euros, con el interés legal desde el día 4 de febrero de 2011, incrementándose en dos puntos desde la fecha de esta sentencia.
  2.o  Con imposición a la parte demandada de las costas de esta instancia.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles de que la misma es firme conforme al artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición transitoria única de la ley 37/2011, y no cabe contra ella recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.
  Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado don Jorge Enrique Loaiza Feijoo, cuyo domicilio se ignora, y al que se le hace saber que es firme conforme al artículo 455.1 y la disposición transitoria única de la Ley 37/2011, y no cabe contra ella recurso alguno; asimismo, podrá pedir aclaración de la misma, ante este Juzgado, dentro de los dos días siguientes al de su notificación, y en prueba de ello firma.
  Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 11 de junio de 2014..La secretaria (firmado).
  (02/4.110/14)</texto>
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