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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Procedimiento 668 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 
 123 
 Procedimiento 668 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 668 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Romero Alonso, frente a “Facility Cleaning System, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 176 de 2014
  En Madrid, a 25 de abril de 2014..Doña Sonia López Ramallo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 38 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de procedimiento laboral número 668 de 2013, en materia de resolución de contrato de trabajo y reclamación de cantidad, promovidos a instancias de doña María Dolores Romero Alonso, frente a la empresa “Facility Cleaning System, Sociedad Limitada”, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la presente sentencia:
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por doña María Dolores Romero Alonso, frente a la empresa “Facility Cleaning System, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar a la demandante por los conceptos salariales reclamados adeudados la cantidad de 1.172,28 euros (salvo error u omisión), la cual deberá incrementarse en un 10 por 100 en concepto de interés por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 191.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Facility Cleaning System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 2 de junio de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/19.185/14)</texto>
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