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    <fecha_publicacion>2014/07/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Fuenlabrada número 3. Juicio verbal 1.532 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 3 
 
 96 
 Juicio verbal 1.532 de 2013 
  EDICTO
  Doña Olga Martón Fresnedo, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada.
  Hago saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 1.532 de 2013, sobre otras materias concursales, se ha dictado resolución del siguiente tenor literal:
  Sentencia
  En Fuenlabrada, a 3 de febrero de 2014..Vistos por mí, doña Marta Iturrioz Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, los autos de juicio verbal número 1.532 de 2013, siendo demandante la comunidad de propietarios del polígono industrial de “Los Gallegos”, de Fuenlabrada, representada por la procuradora señora Sampere Meneses y asistida por el letrado señor Argüelles García, y demandada la mercantil “Capital Tyres, Sociedad Anónima”, declarada en rebeldía.
  Fallo
  Que debo estimar y estimo totalmente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios del polígono industrial de “Los Gallegos”, de Fuenlabrada, contra “Capital Tyres, Sociedad Anónima”, condenando a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 3.522 euros (que incluyen las cuotas bimensuales de la comunidad de marzo de 2012 a enero de 2014), más las cuotas bimensuales de la comunidad que puedan devengarse desde la sentencia hasta el pago completo de la cantidad adeudada, a razón de 293,50 euros por cada cuota bimensual de comunidad.
  Asimismo, la demandada deberá abonar los intereses legales (artículos 1.100, 1.101 y 1.103 del Código Civil) de la cantidad de 2.935 euros (la cantidad reclamada en la demanda) desde la fecha de 31 de octubre de 2013 (fecha de la demanda) hasta la fecha de la sentencia.
  Desde la fecha de la sentencia hasta el pago completo de la cantidad total de 3.522 euros, esta cantidad, así como las cuotas mensuales que puedan devengarse desde la sentencia hasta el pago de la cantidad adeudada, devengarán los intereses establecidos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Procede imponer las costas del procedimiento a la demandada.
  Notifíquese a las partes, que en un plazo de veinte días podrán interponer recurso de apelación contra esta sentencia ante este Juzgado, que será sustanciado conforme a la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  A estos efectos, y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se indica a las partes la necesidad de constituir un depósito de 50 euros para recurrir la presente resolución, en la oportuna entidad de crédito y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado, previa a la preparación del recurso, debiendo dicha constitución ser acreditada por la parte y verificada por la secretaría judicial, dejando constancia de ello en autos.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá por la secretaria judicial de este Juzgado certificación literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia, lo acuerdo, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a la demandada, la mercantil “Capital Tyres, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, extiendo el presente..Doy fe.
  En Fuenlabrada, a 8 de mayo de 2014..La secretaria (firmado).
  (02/3.972/14)</texto>
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