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    <fecha_publicacion>2014/07/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Delegación de competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 71 
 Delegación de competencias 
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad a las delegaciones de competencias y nombramientos efectuados por el alcalde-presidente de este Ayuntamiento.
  Decreto 742/2014, de 26 de junio, correspondiente a Delegación de Competencias en don Isidoro Ortega López.
  «Don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente dicto el siguiente decreto:
  Resultando que es importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que esta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía, se hace necesario la delegación de competencias por parte de la Alcaldía-Presidencia en los concejales-delegados.
  Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia, número 1060/2012, de 30 de noviembre, se ha nombrado a doña Yolanda Serrano Pérez, como concejala-delegada en materia de Seguridad Ciudadana.
  Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía número 1071/2012, de 3 de diciembre, se delegó en doña Yolanda Serrano Pérez competencias en materia de:
  .	Infracción de normas de circulación cometidas en vías urbanas.
  .	Infracciones graves o leves en materia de tenencia ilícita y consumo público de drogas.
  .	Infracciones tipificadas por el artículo 3 de la ordenanza municipal sobre protección ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
  .	Todas aquellas que, no estando calificadas como graves o muy graves, constituyan incumplimientos de las obligaciones o vulneración de las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana o en Leyes especiales relativas a la Seguridad Ciudadana.
  Resultando que doña Yolanda Serrano Pérez, se encontrará de vacaciones durante los días 26 de junio a 4 de julio de 2014.
  Considerando lo establecido por el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, establece que la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable.
  Considerando lo establecido por el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, por infracciones graves o leves en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, tenencia ilícita y consumo público de drogas y por las infracciones leves tipificadas en los apartados g), h), i) y j) del artículo 26, los alcaldes serán competentes, previa audiencia de la Junta Local de Seguridad, para imponer las sanciones de suspensión de las autorizaciones o permisos que hubieran concedido los municipios y de multa.
  Considerando lo establecido por la ordenanza municipal sobre protección ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
  Considerando lo establecido en el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de delegar competencias de la Alcaldía, pudiendo esta efectuarse a favor de la Junta de Gobierno, de sus miembros, de los demás concejales y, en su caso de los directores generales, coordinadores generales u órganos similares.
  Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:
  Primero..Delegar en don Isidoro Ortega López, durante el período de vacaciones que disfruta la concejala de Seguridad ciudadana, de 26 de junio a 4 de julio de 2014, las competencias para la incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores en las siguientes materias:
  .	Infracción de normas de circulación cometidas en vías urbanas.
  .	Infracciones graves o leves en materia de tenencia ilícita y consumo público de drogas.
  .	Infracciones tipificadas por el artículo 3 de la ordenanza municipal sobre protección ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
  .	Todas aquellas que, no estando calificadas como graves o muy graves, constituyan incumplimientos de las obligaciones o vulneración de las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana o en Leyes especiales relativas a la Seguridad Ciudadana.
  Segundo..Notificar la presente resolución al interesado.
  Tercero..Proceder a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
  Así lo manda y firma el señor alcalde, en Fuenlabrada, a 27 de junio de 2014.
  En Fuenlabrada, a 27 de junio de 2014..El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.
  (03/21.524/14)</texto>
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