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    <identificador>BOCM-20140722-103</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/07/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 83. Procedimiento ordinario 1.765 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>172</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83 
 
 103 
 Procedimiento ordinario 1.765 de 2011 
  EDICTO
  En el procedimiento ordinario número 1.765 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:
  Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio ordinario número 1.765 de 2011 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante “Finanmadrid”, representada por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén y defendida por el letrado don Luciano Sánchez Sánchez, y como demandado don Santiago Eduardo Freítez, sin representación ni defensa técnicas.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la representación de “Finanmadrid”, contra don Santiago Eduardo Cedeño Freítez, debo declarar y declaro haber lugar a:
  a)  Condenar al demandado a pagar a la actora la cantidad de 13.209,57 euros.
  b)  Condenar al demandado a pagar a la actora los intereses legales de la anterior cantidad.
  c)  Imponer al demandado el pago de las costas procesales ocasionadas a la actora.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá interponerse en este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario deposito por valor de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.
  Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la anterior sentencia a don Santiago Eduardo Cedeño Freítez a los efectos legales oportunos.
  En Madrid, a 30 de mayo de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (02/4.595/14)</texto>
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