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    <fecha_publicacion>2014/07/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento ordinario 152 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>172</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Contencioso-Administrativo:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 9 
 
 118 
 Procedimiento ordinario 152 de 2011 
  EDICTO
  Doña Nieves López Vázquez, secretaria del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguió recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario registrado con el número 152 de 2011, en el que figura como parte demandante “Vodafone España, Sociedad Anónima” y como demandado el Ayuntamiento de Guadarrama, en los que se impugnó la resolución de 9 de septiembre de 2011, por la que se acuerda confirmar las liquidaciones tributarias giradas a la recurrente en concepto de tasa por aprovechamiento especial y/o ocupación del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general y, en concreto, por operadoras de telefonía móvil correspondientes a los ejercicios 2010 (segundo, tercer y cuarto trimestre) y 2011 (tercer trimestre).
  Por auto de 9 de septiembre de 2013, se plantea ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al amparo del artículo 27.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la cuestión de ilegalidad de los artículos de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general del Ayuntamiento de Guadarrama que regulan el hecho imponible, el sujeto y la cuantificación de la tasa.
  El Tribunal Superior de Justicia remite testimonio a este Juzgado de la sentencia dictada resolviendo la cuestión de ilegalidad número 655 de 2013, planteada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  “Declaramos de la ilegalidad de la ordenanza reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de suministro de interés general publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 25 de noviembre de 2009, en cuanto se refiere a los servicios de telefonía móvil. Sin expresa imposición de las costas procesales.
  Contra la presente resolución no cabe recurso ordinario alguno.
  Así, por esta nuestra sentencia, juzgando. Lo pronunciamos, mandamos y firmamos”.
  Y para que sirva de generalizado conocimiento mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, firmo y sello el presente edicto en Madrid, a 18 de junio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.821/14)</texto>
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