<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140722-84</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/07/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 4.748 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>172</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-07-22-172180720140147</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/07/22/BOCM-20140722-84.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/07/22/BOCM-20140722-84.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/07/22/BOCM-20140722-84.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/07/22/BOCM-20140722-84.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia:</organismo>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia:</organismo>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 
 84 
 Procedimiento 4.748 de 2012 
  SALA DE LO SOCIAL
  Sección Primera
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Carrasco Manzanares, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo social).
  Hago saber: Que en el procedimiento número 4.748 de 2012 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Marco Antonio González Cervera, frente a don Antonio Muñoz Perea, doña Carmen Izquierdo Pérez y “Grupo Cercal de Alimentación, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por don Marco Antonio González Cervera contra la sentencia número 147 de 2012 del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles de fecha 16 de marzo de 2012, seguido a instancias del citado recurrente, frente a “Grupo Cercal de Alimentación, Sociedad Limitada”, los administradores concursales don Antonio Muñoz Perea y doña Carmen Izquierdo Pérez, en reclamación por despido, y revocándola declaramos la improcedencia del despido del actor del día 20 de junio de 2011, condenando a “Grupo Cercal de Alimentación, Sociedad Limitada”, y a los administradores concursales a estar y pasar por esta declaración y a que “Grupo Cercal de Alimentación, Sociedad Limitada”, proceda a la inmediata readmisión del trabajador en el mismo puesto de trabajo y en las mismas condiciones que tenía antes del despido o a que le indemnice en la cantidad de 36.146,25 euros, debiendo optar, ante esta Sala, en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de la sentencia, entendiéndose de no hacerlo así que procede a la readmisión del trabajador despedido, y a que en todo caso le abone los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta sentencia con los descuentos legales que, en su caso, procedan. Sin costas.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Cercal de Alimentación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de junio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.079/14)</texto>
</documento>