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    <identificador>BOCM-20140724-101</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCOBENDAS NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/07/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcobendas número 3. Procedimiento ordinario 316 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>174</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCOBENDAS NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCOBENDAS NÚMERO 3 
 
 101 
 Procedimiento ordinario 316 de 2012 
  EDICTO
  Hace saber: Se ha acordado notificar por medio de edictos la sentencia recaída en el procedimiento ordinario número 316 de 2012 dictada por el magistrado-juez don Javier Martín-Borregón García de la Chica con fecha 20 de marzo de 2014, a instancias de la comunidad de propietarios de “Jardín del Soto” y don José Manuel Castro Perdiguero, contra la herencia yacente de don Víctor Martínez Chocarro, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de “Jardín del Soto” y don José Manuel Castro Perdiguero y condeno a la herencia yacente de don Víctor Martínez Chocarro:
  1.  A que restituya las chimeneas de ventilación o shunts 1-A, 1-B, 2, 3, 4, 6-B y 9 a su estado anterior a la modificación operada, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, se hará a su costa según las indicaciones que vienen en el informe de doña Natalia Rodríguez Mayol (documento 17 de la demanda), pero solo respecto de las chimeneas citadas.
  2.  A pagar a don José Manuel Castro Perdiguero la cantidad de 300 euros al mes desde mayo de 2010, incluido, hasta que se produzca la finalización de las obras de restitución de las chimeneas 2 y 3.
  No ha lugar al resto de pedimentos.
  No se imponen las costas.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de la herencia yacente de don Víctor Martínez Chocarro se extiende la presente para que sirva de notificación.
  En Alcobendas, a 9 de junio de 2014..El secretario (firmado).
  (02/4.590/14)</texto>
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