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    <fecha_publicacion>2014/07/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Humanes de Madrid. Régimen económico. Notificación expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 61 
 Notificación expedientes sancionadores 
  Doña África García Martínez, concejala-delegada del Ayuntamiento de Humanes de Madrid.
  Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 5 de dicho precepto, y con sujeción a las prescripciones del artículo 61 de dicha Ley, la iniciación de procedimientos sancionadores recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, siendo competente para su resolución por delegación la concejala de Hacienda.
  La concejala-delegada ha dictado el siguiente decreto:
  En uso de las atribuciones del artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre:
  1.  Proceder al archivo del expediente sancionador cuyo inicio fue notificado al titular del vehículo reseñado por desconocimiento de la identidad del presunto infractor.
  2.  Incoar procedimiento sancionador por presunta infracción al artículo 65.5.j) del Real Decreto Legislativo 339/1990, al titular del vehículo, por incumplimiento de la obligación de facilitar la identidad del conductor una vez requerido para ello. La referida infracción está tipificada como falta muy grave, con sanción pecuniaria que se indica en la relación.
  3.  Nombrar instructor del citado expediente a don Óscar Lalanne Martínez de la Casa. Contra dicho nombramiento se podrá ejercer acción de recusación basada en los motivos legalmente establecidos y en los términos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  4.  Es competente para la resolución del expediente por delegación la concejala de Hacienda, a tenor de lo dispuesto en los artículos 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 71.4 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y 15 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.
  5.  Durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de recepción de la presente notificación, podrá formular alegaciones o proponer las pruebas que estime pertinentes en su defensa.
  6.  Asimismo, en cualquier momento anterior a que se dicte la resolución del expediente sancionador, podrá efectuar el pago de la sanción correspondiente, en las entidades colaboradoras, mediante carta de pago emitida por el Servicio de Recaudación sito en calle Cañada, número 1, en Humanes de Madrid.
  7.  El expediente sancionador incoado por la presente resolución caducará al año de su iniciación salvo que concurran las causas de suspensión previstas en el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
  8.  Notificar a los interesados la presente resolución para su conocimiento y efectos procedentes.
  Relación de expedientes
  DNI/NIF: B-85919769.
  Infractor: “Tendidos Ópticos Fibra Óptica, Sociedad Limitada”.
  Expediente: 2012/13023957.
  Matrícula: 0021-DXV.
  Fecha y hora de los hechos: 10 de mayo de 2012, a las diecinueve y treinta.
  Lugar de los hechos: calle Santiago Ramón y Cajal, número 4.
  Agente: 2807345.
  Precepto: Ley de Seguridad Vial, artículo 9 bis.1A.
  Puntos: 0.
  Importe: 600,00 euros.
  En Humanes de Madrid, a 6 de junio de 2014..La concejala, África García Martínez.
  (02/4.281/14)</texto>
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