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    <fecha_publicacion>2014/07/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 114 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>179</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 90 
 Ejecución 114 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 114 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Aránzazu Llamazares López y doña Cristina Sánchez Armada, frente a “Autoescuelas Oromar-Ta, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 27 de junio de 2014 siguientes:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Aránzazu Llamazares López y doña Cristina Sánchez Armada, frente a la demandada “Autoescuelas Oromar-Ta, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 5.033,82 euros (desglosados de la siguiente forma: correspondiente a doña Cristina Sánchez Armada el importe de 1.288,86 euros de principal, más 168,79 euros en concepto de intereses moratorios del 10 por 100, lo que hace un total de 1.457,65 euros de principal, y correspondiente a doña Aránzazu Llamazares López el importe de 3.162,07 euros de principal, más 414,10 euros en concepto de intereses moratorios del 10 por 100, lo que hace un total de 3.576,17 euros), más 1.006,76 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Autoescuelas Oromar-Ta, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de junio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.981/14)</texto>
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