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    <identificador>BOCM-20140802-2</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Turismo y Cultura</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2014/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 7 de julio de 2014, de la Dirección General de Formación de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publican requerimientos previos a la iniciación del procedimiento de reintegro de la subvención concedida</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
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  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
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 RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2014, de la Dirección General de Formación de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publican requerimientos previos a la iniciación del procedimiento de reintegro de la subvención concedida. 
  La Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, al amparo de la Orden 24/2012, ha dictado requerimientos previos a la iniciación del procedimiento de reintegro de la subvención concedida en relación con las solicitudes de subvención presentadas por:
  .	Asociación de Comerciantes, avenida San Diego, con CIF G-85486652.
  .	Asociación de Oficinas y Despachos y de Servicios Informáticos en General (ASOFREDA), con CIF G-79068755.
  .	Círculo de Autónomos de la Comunidad de Madrid, con CIF G-85682987.
  Las notificaciones a los interesados se han intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se hayan conseguido practicar, por causas no imputables a esta Administración.
  Se dicta esta Resolución a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, comunicando que dichos documentos se encuentran en las dependencias de la Dirección General de Formación, Área de Formación Continua, sita en Vía Lusitana, número 21, quinta planta, despacho 523, 28025 Madrid, pudiendo ser retirados en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes.
  Madrid, a 7 de julio de 2014..La Directora General de Formación, Patricia Herrero García-Ramal.
  (03/23.669/14)</texto>
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