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    <titulo>– Móstoles. Organización y funcionamiento. Reglamento voluntarios restaurante municipal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Móstoles</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Reglamento voluntarios restaurante municipal 
  El Pleno de la Corporación, en sesión de 26 de junio de 2014, acordó aprobar inicialmente el Reglamento para reconocer y regular la actividad de los voluntarios en el Restaurante Municipal.
  Conforme a lo establecido en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se abre un período de información pública durante treinta días, a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
  Durante dicho plazo, el proyecto de Reglamento para reconocer y regular la actividad de los voluntarios en el Restaurante Municipal queda expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Móstoles y en el tablón de edictos electrónico.
  Móstoles, a 17 de julio de 2014..La concejala-delegada de Familia y Bienestar Social, Gema Zamorano Romo.
  (03/23.433/10)</texto>
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