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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/08/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento ordinario 1.078 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>184</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 72 
 Procedimiento ordinario 1.078 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.078 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Norah Apaza Pérez, frente a “Group Facility Services, Sociedad Limitada”, y “Sermant Communitas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 7 de julio de 2014..Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación dicto la siguiente.
  Parte dispositiva:
  Estimar el recurso de aclaración formulado por doña Norah Apaza Pérez aclarando el fallo de la sentencia de fecha 28 de mayo de 2014, que deberá decir:
  «Que estimando la demanda formulada por doña Norah Apaza Pérez, frente a “Sermant Communitas, Sociedad Limitada”, y “Actua Group Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno de forma solidaria a las empresas codemandadas a abonar a la actora la suma de 6.990,42 euros, con más el 10 por 100 de interés legal de mora».
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sermant Communitas, Sociedad Limitada”, y “Actua Group Facility Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.629/14)</texto>
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