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    <identificador>BOCM-20140814-105</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/08/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 3. Procedimiento 258 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 3 
 
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 Procedimiento 258 de 2011 
  EDICTO
  En el juicio de procedimiento ordinario número 258 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado sentencia con fecha 12 de mayo de 2014, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 149 de 2014
  En Getafe, a 12 de mayo de 2014..El ilustrísimo señor don Luis Carlos de Isidro y de Pablo, magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Getafe, habiendo visto los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado al número 258 de 2011, a instancias de “BMW Bank, GmbH” (sucursal en España), con domicilio en la avenida de Burgos, número 118, de Madrid, representada por la procuradora señora Aguado Ortega y defendida por el letrado don Manuel Suero Silva, contra doña María Altagracia Lázaro Pizarro, vecina de Getafe, con domicilio en la calle Brunete, número 12, segundo B, y don José Carlos Pérez Fernández, vecino de Cabo de las Huertas (Alicante), con domicilio en la calle Redes, número 25, bloque 2, escalera 1, quinto B, declarados en rebeldía y citados edictalmente, sobre el ejercicio de una acción de cumplimiento contractual, cuya cuantía se fija en 38.312,21 euros.
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora señora Aguado Ortega, en nombre y representación de la mercantil “BMW Bank, GmbH” (sucursal en España), contra doña María Altagracia Lázaro Pizarro y don José Carlos Pérez Fernández, en situación de rebeldía procesal, debo condenar a doña María Altagracia Lázaro Pizarro y a don José Carlos Pérez Fernández a pagar a “BMW Bank, GmbH” (sucursal en España), la cantidad de 24.450,92 euros, que devengará el interés legal del dinero desde el día 31 de marzo de 2008, incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completa ejecución, y ello sin imposición de las costas procesales causadas, abonando cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella pueden interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro del plazo de veinte días a partir de su notificación; cúmplase lo previsto en el artículo 266 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009 (“Boletín Oficial del Estado” del día 4 de noviembre de 2009), para formular el correspondiente recurso de apelación contra la presente resolución la parte recurrente deberá consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (número 2378) de la entidad “Banesto” la cantidad de 50 euros en concepto de “Depósito para recurrir”, debiendo acompañar el justificante de ingreso junto con el escrito de preparación o anuncio del recurso; advirtiéndose a la parte recurrente que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (número 7 de la disposición adicional decimoquinta).
  Quedará exento de la constitución del depósito antes señalado la parte que goce del beneficio general de justicia gratuita.
  Así por esta mi sentencia, dictada con las especialidades de la rebeldía, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez de lo social que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha..Doy fe.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña María Altagracia Lázaro Pizarro y a don José Carlos Pérez Fernández, en paradero desconocido, por medio del edicto que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Getafe, a 16 de mayo de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (02/5.142/14)</texto>
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