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    <fecha_publicacion>2014/09/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sevilla número 8. Procedimiento 665 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 8 
 
 174 
 Procedimiento 665 de 2013 
  EDICTO
  Doña María del Carmen Peche Rubio, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Sevilla.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 665 de 2013, a instancia de la parte actora don Jesús Rufo Bermejo y don Antonio Díaz Pichardo, contra “Grupo Estrella Seguridad”, “Estrella Veloz, Sociedad Limitada”, “Esferaprot, Sociedad Limitada”, “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado auto de fecha 28 de julio de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dispongo: Aclarar el auto de fecha 27 de mayo de 2014 en el sentido de añadir en la parte dispositiva que la obligada al pago de las cantidades procedentes de la estimación de la acción de reclamación de cantidad es la empresa “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”, conforme a los importes siguientes:
  A don Jesús Rufo Bermejo: 2.475,26 euros.
  A don Antonio Díaz Pichardo: 18.607,58 euros.
  Se mantiene el resto del auto en sus propios términos.
  Notifíquese esta resolución a todas las partes.
  Contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo 214.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin perjuicio de los recursos que procedan contra el auto dictado en autos.
  Así lo acuerda, manda y firma su señoría doña Asunción Rubio Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado número 8 de Sevilla.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
  En Sevilla, a 28 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.389/14)</texto>
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