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    <fecha_publicacion>2014/09/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 2. Juicio de faltas 247 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2 
 
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 Juicio de faltas 247 de 2014 
  EDICTO
  Doña Marta Estebaranz Torrijos, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 247 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Leganés (Madrid), a 10 de junio de 2014..Visto en juicio oral y público por la ilustrísima señora doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés (Madrid), los presentes autos del juicio inmediato de faltas número 247 de 2014, por una presunta falta de hurto, y en los que han sido partes: como denunciados, don José Soto Bielsa y don Raúl Moya Araque; como denunciante, don Luis Antonio Guijarro Martínez; así como el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública, y como perjudicada, la entidad comercial “Mediamark”.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don José Soto Bielsa y a don Raúl Moya Araque, como autores de una falta de hurto, a la pena para cada uno de ellos de ocho días de localización permanente, así como al abono de las costas procesales causadas procediéndose, una vez firme esta resolución, a su inmediata ejecución.
  Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal y a las demás partes personadas, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Soto Bielsa, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 25 de julio de 2014..La secretaria (firmado).
  (03/25.325/14)</texto>
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