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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/09/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Procedimiento ordinario 1.469 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>216</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 
 82 
 Procedimiento ordinario 1.469 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.469 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego Rodríguez Manceras, frente a don Juan Carlos Cano Patón, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 26 de mayo de 2014.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Declarar la incompetencia territorial de este Juzgado para conocer de la demanda planteada, que corresponde a los Juzgados de Móstoles.
  Archívense los presentes autos.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de reposición.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2513, en la entidad bancaria “Banco Santander”.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad.
  Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Juan Carlos Cano Patón, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.781/14)</texto>
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