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    <fecha_publicacion>2014/09/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Tarifas utilización del agua año 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>220</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</organismo>
    <organismo>Confederación Hidrográfica del Tajo</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 
 Confederación Hidrográfica del Tajo
 
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 Tarifas utilización del agua año 2014 
  Abastecimiento Almoguera-Mondéjar
  INFORMACIÓN PÚBLICA
  Tarifas de utilización del agua para el año 2014
  De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan las presentes tarifas de utilización del agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento Almoguera-Mondéjar durante el año 2014:
  .	Tarifa de utilización del agua para abastecimiento: 0,053500 euros/metro cúbico.
  Estarán obligados al pago de estas tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua que utilicen las obras hidráulicas del Abastecimiento Almoguera-Mondéjar, cualquiera que sea el tipo de aprovechamiento.
  Igualmente, están obligados al pago del canon de regulación del Sistema de La Tajera.
  Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Madrid, a 13 de agosto de 2014..El secretario general, Juan Carlos Mérida Fimia.
  (02/5.404/14)</texto>
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