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    <fecha_publicacion>2014/10/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 21 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>234</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 
 150 
 Ejecución 21 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 21 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joel González Núñez, frente a “Café Bailén, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Se tienen por satisfechos la totalidad de los honorarios reclamados por el letrado don Alberto Martín García.
  Póngase a disposición del citado letrado la cantidad que resta por satisfacer en concepto de honorarios por importe de 975,13 euros una vez firme la presente resolución mediante mandamiento de devolución.
  Se alzan los embargos acorados en la presente ejecución, cancelándose las medidas de garantía adoptadas. Practíquense telemáticamente a través del Punto Neutro Judicial.
  Y una vez verificado lo anterior, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Café Bailén, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.457/14)</texto>
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