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    <titulo>Madrid número 13. Juicio 148 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>235</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 
 132 
 Juicio 148 de 2010 
  EDICTO
  CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
  Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Asunto en que se acuerda: juicio número 148 de 2010, promovido por “FCC Construcción, Sociedad Anónima”, sobre materias Seguridad Social.
  Persona que se cita: “Dus y Pc Corporación Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.
  Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por “FCC Construcción, Sociedad Anónima”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinentes.
  Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1A, ubicada en la planta tercera, el día 22 de enero de 2015, a las doce y treinta horas.
  Advertencias legales
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  2.  Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  3.  Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  4.  Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  5.  La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.
  La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
  En Madrid, a 8 de septiembre de 2014..La secretaria judicial, María Isabel Tirado Gutiérrez.
  (03/28.219/14)</texto>
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