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    <identificador>BOCM-20141010-10</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2014/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Convocatoria subvenciones
– Orden 1776/2014, de 30 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se amplía el plazo para la justificación de las subvenciones concedidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal, al amparo de la Orden 1672/2014, de 1 de septiembre</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>241</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 ORDEN 1776/2014, de 30 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se amplía el plazo para la justificación de las subvenciones concedidas a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal, al amparo de la Orden 1672/2014, de 1 de septiembre. 
  Por Orden 1672/2014, de 1 de septiembre, se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2008, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal y se realiza la convocatoria para 2014.
  El artículo 10 de la citada Orden dispone que “El plazo de justificación del gasto subvencionado finalizará el día 16 de noviembre de 2014”.
  No obstante, la Orden 1672/2014, de 1 de septiembre, fue publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con fecha 9 de septiembre de 2014, dificultando esta circunstancia la realización de la justificación expresada dentro del plazo establecido.
  Por tanto, a fin de facilitar la realización de este trámite a los Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones, resulta conveniente ampliar el plazo de justificación establecido para el mismo.
  Por todo ello, y en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas, 
  DISPONGO
  Artículo único
  Ampliar el plazo establecido en el artículo 10 de la Orden 1672/2014, de 1 de septiembre, que finalizará el día 30 de diciembre de 2014.
  Este Acuerdo no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  DISPOSICIÓN FINAL
  Única
  La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 30 de septiembre de 2014.  
  		El Consejero de Presidencia, Justicia 		y Portavoz del Gobierno, 		SALVADOR VICTORIA BOLÍVAR
  (03/30.092/14)</texto>
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