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    <identificador>BOCM-20141024-91</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 99</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/10/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 99. Juicio verbal 770 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 99</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 99 
 
 91 
 Juicio verbal 770 de 2013 
  EDICTO
  En el procedimiento verbal número 770 de 2013, seguido a instancias de “Banco de España de Inversiones Salamanca y Soria, Sociedad Anónima Unipersonal”, frente a don Antonio García Rodríguez, herencia yacente y herederos desconocidos de don Antonio García Rodríguez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia número 57 de 2014
  En Madrid, a 24 de marzo de 2014..Don Ramón Badiola Díez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 99, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal, seguidos con el número 770 de 2013 a instancias de la entidad “Banco de España de Inversiones Salamanca y Soria, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra la herencia yacente y herederos desconocidos de don Antonio García Rodríguez, en rebeldía en los presentes autos.
  Fallo
  Que, estimando la demanda interpuesta a instancias de la entidad “Banco de España de Inversiones Salamanca y Soria, Sociedad Anónima Unipersonal”, condeno a la herencia yacente y herederos desconocidos de don Antonio García Rodríguez al pago de la cantidad de 3.022,09 euros, así como los intereses de demora calculados al tipo de interés pactado y desde la fecha de liquidación del saldo deudor y costas del procedimiento.
  Notifíquese a las partes, con indicación de que podrán interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes y ante este Juzgado, siendo exigible el depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso.
  Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y encontrándose dicho demandado, don Antonio García Rodríguez y herencia yacente y herederos desconocidos de don Antonio García Rodríguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente, que firmo.
  En Madrid, a 24 de septiembre de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (02/2.386/14)</texto>
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