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    <titulo>Madrid número 26. Procedimiento 356 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 
 150 
 Procedimiento 356 de 2013 
  Diligencia..En Madrid, a 10 de octubre de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que, intentada la citación a “Perfumerías Eliris, Sociedad Limitada”, por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Doy fe.
  EDICTO CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
  Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Procedimiento: número 356 de 2013.
  Parte actora: doña Mercedes Gijón del Burgo.
  Parte demandada: “Perfumerías Eliris, Sociedad Limitada”, “Econodroper, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial.
  En Madrid, a 10 de octubre de 2014..Por la presente cédula de citación dictada en autos instruidos por este Juzgado de lo social número 26, a instancias de doña Mercedes Gijón del Burgo, contra “Perfumerías Eliris, Sociedad Limitada”, “Econodroper, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de materia social, seguido con el número de autos 356 de 2013, se cita a “Perfumerías Eliris, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, para que comparezcan ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 5 de febrero de 2015, a las diez y cincuenta horas de la mañana, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, al de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el secretario judicial y el segundo ante la magistrada-juez, advirtiéndole de que deberá concurrir con los medios de prueba de que intente valerse y que la incomparecencia injustificada de la demadada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenida por conforme con los hechos de la demanda. Haciéndole saber a la parte que tiene a su disposición para su examen en la oficina judicial de referencia los autos de los que deriva la presente citación.
  Lo que hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo aquellas que revistan la forma de auto, sentencia o decreto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Madrid, 2014..La secretaria judicial, María Estela Jiménez Gómez.
  (03/32.288/14)</texto>
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