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    <identificador>BOCM-20141104-289</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/11/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Huelva número 3. Ejecución 138 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>262</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3 
 
 289 
 Ejecución 138 de 2013 
  EDICTO
  Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 138 de 2013, a instancias de la parte actora, doña Mónica García Rengel, contra “Unisumma, Sociedad Anónima” (hotel “El Cortijo Golf”), sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de 23 de septiembre de 2014 del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se extingue la relación laboral existente entre doña Mónica García Rengel y “Unisumma, Sociedad Anónima” (hotel “El Cortijo Golf”).
  Se condena a la empresa “Unisumma, Sociedad Anónima” (hotel “El Cortijo Golf”) a que abone a la ejecutante, doña Mónica García Rengel, las siguientes cantidades: 2.433,86 euros en concepto de indemnización por la expresada extinción y 22.030,44 euros en concepto de indemnización complementaria por los salarios dejados de percibir.
  Resultado de deducir a 25.393,84 euros (salarios devengados desde el despido en la presente resolución a razón de 34,04 euros/día), las cantidades de 1.079,30 euros y de 2.284,10 euros por los trabajos realizados después del despido en los años 2013 y 2014, respectivamente.
  Notifíquese a las partes este auto con indicación de los recursos que cabe interponer en su contra.
  Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, en los supuestos contemplados en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiéndose consignar la cantidad de 25 euros en la cuenta número 1932-0000-30-0138-13, abierta a nombre de este Juzgado, en la oficina principal de “Banesto” (calle Marina, número 2) de esta ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneficiarios de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
  Así por este auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Auxiliadora Salvago Sanz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Huelva, doy fe..La secretaria (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo mandado, doy fe.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Unisumma, Sociedad Anónima” (hotel “El Cortijo Golf”), actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, en el “Boletín Oficial de la Provincia de Málaga”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
  En Huelva, a 23 de septiembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.954/14)</texto>
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