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    <identificador>BOCM-20141107-188</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/11/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 38 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>265</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 
 188 
 Ejecución 38 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 38 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Rodríguez Gutiérrez, frente a “Montajes e Instalaciones Angulo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 1 de septiembre de 2014 del tenor literal siguiente:
  Decreto
  En Móstoles, a 1 de septiembre de 2014.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda:
  a)  El embargo del bien inmueble que se describe:
  Finca en Mutxamel número 25.825, IDUFIR 03024000846465, vivienda tipo F del edificio o bloque 2 del conjunto “El Mirador de Bonalba”, parcela PL 1-4 del Plan Parcial Bonalba, partida del Fondo y Bonalba Baja, situado en planta segunda.
  Como propiedad de “Montajes e Instalaciones Angulo, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-13148382, para responder de la cantidad total de 28.279,75 euros (correspondiendo 23.372,50 euros de principal, 2.337,25 euros de interés por mora y 2.570 euros de intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento), seguido a instancias de don Alfonso Rodríguez Gutiérrez, contra “Montajes e Instalaciones Angulo, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-13148382.
  b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir el correspondiente asiento de presentación.
  c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” con el número 2851/0000/64/0038/14 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Montajes e Instalaciones Angulo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 6 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.543/14)</texto>
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