<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20141112-157</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/11/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento ordinario 980 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>269</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-11-12-269111120140088</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/12/BOCM-20141112-157.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/12/BOCM-20141112-157.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/12/BOCM-20141112-157.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/12/BOCM-20141112-157.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 157 
 Procedimiento ordinario 980 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 980 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Gutiérrez Bravo, frente a “Robestel, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 18 de junio de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don José Luis Gutiérrez Bravo, contra la mercantil “Robestel, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la mercantil “Robestel, Sociedad Limitada”, a pagar a don José Luis Gutiérrez Bravo la cantidad de 5.149,68 euros, cantidad que devengará el 10 por 100 de interés de mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Robestel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.925/14)</texto>
</documento>