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    <identificador>BOCM-20141113-182</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/11/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 35. Ejecución 157 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>270</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 
 182 
 Ejecución 157 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 157 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Bardera Moreno, frente a “Agua Eficiente, Sociedad Limitada”, “Inwater International Consultants on Water Engineering, Sociedad Limitada”, y “RBT Reconstrucciones Especiales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general del ejecución de acta de conciliación a favor de la parte ejecutante don Francisco Bardera Moreno, frente a las demandadas “Inwater International Consultants on Water Engineering, Sociedad Limitada”, “RBT Reconstrucciones Especiales, Sociedad Limitada”, y “Agua Eficiente, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 6.959,89 euros, más 419 euros de intereses y 699 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2808/0000/00/0010/14.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Antonio Capilla Bolaños.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Inwater International Consultants on Water Engineering, Sociedad Limitada”, “RBT Reconstrucciones Especiales, Sociedad Limitada”, y “Agua Eficiente, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.050/14)</texto>
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