<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20141113-27</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>BOADILLA DEL MONTE</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/11/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Boadilla del Monte. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>270</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-11-13-270121120140245</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/13/BOCM-20141113-27.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/13/BOCM-20141113-27.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/13/BOCM-20141113-27.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/11/13/BOCM-20141113-27.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Boadilla del Monte</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 27 
 Modificación ordenanza fiscal 
  En sesión extraordinaria celebrada con fecha 6 de noviembre de 2014 el Pleno del Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación provisional sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, sobre modificación de la ordenanza fiscal general de gestión, inspección, recaudación y revisión de los tributos municipales y otros ingresos de derecho público.
  Dicho acuerdo se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y periódico de difusión en la Comunidad de Madrid y localidad, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, conforme dispone el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Si no fuere presentada reclamación o alegación alguna, este acuerdo de aprobación provisional será considerado definitivo.
  En Boadilla del Monte, a 11 de noviembre de 2014..La tercera teniente de alcalde delegada del Área de Hacienda, Patrimonio y Personal, Susana Sánchez-Campos Guerrero.
  (03/34.368/14)</texto>
</documento>