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    <fecha_publicacion>2014/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Jaén número 4. Procedimiento ordinario 800 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4 
 
 193 
 Procedimiento ordinario 800 de 2013 
  EDICTO
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén
  Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 800 de 2013, sobre social ordinario, a instancias de don Juan Miguel de la Torre Martos, contra “Linares Ferralla, Sociedad Limitada”, “Montajes Madliner, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Montajes y Estructuras Cénit, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 21 de octubre de 2014 se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
  Estimar parcialmente la demanda promovida por don Juan Miguel de la Torre Martos, contra “Linares Ferralla, Sociedad Limitada”, a quien condeno a que abone al actor la suma de 4.758,47 euros, más el 10 por 100 de interés de mora, con absolución de “Montajes y Estructuras Cénit, Sociedad Limitada”, y “Montajes Madliner, Sociedad Limitada Unipersonal”, y con absolución del Fondo de Garantía Salarial en la presente instancia y sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
  Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar a partir del siguiente a la notificación de la presente para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, haciendo saber a la parte condenada que caso de recurrir habrá de consignar en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, de esta capital, con el número 20900000650800/13, el importe total de la condena, y en la cuenta corriente número 20900000890800/13 la suma de 300 euros como depósito especial para recurrir.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a las demandadas “Linares Ferralla, Sociedad Limitada”, “Montajes Madliner, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Montajes y Estructuras Cénit, Sociedad Limitada”, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Jaén, a 22 de octubre de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/33.129/14)</texto>
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