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    <departamento>ROBLEDO DE CHAVELA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/11/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Robledo de Chavela. Régimen económico. Modificación ordenanza impuesto de bienes inmuebles urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ROBLEDO DE CHAVELA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Modificación ordenanza impuesto de bienes inmuebles urbana 
  El Pleno del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de noviembre de 2014, acordó la aprobación inicial de la modificacion  del artículo 2 de la ordenanza  reguladora del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana de Robledo de Chavela, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Robledo de Chavela, a 6 de noviembre de 2014..El alcalde (firmado).
  (03/34.132/14)</texto>
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