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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 207 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>279</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 115 
 Ejecución 207 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 207 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón Paulino Laínez Rivas, frente a doña María Luisa Lillo Ruiz, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.. En Madrid, a 9 de enero de 2014.
  Por presentado en fecha 30 de octubre de 2013 escrito por la parte ejecutante, únase a los autos de su razón, con traslado de copia a la parte contraria a los efectos legales oportunos.
  Y visto el contenido del escrito citado en el párrafo anterior, se tiene por practicada la liquidación de intereses de la presente ejecución, dándose traslado de la misma a las partes, haciéndoles saber que en el plazo de diez días pueden impugnarla por escrito ante este Juzgado. Pasado dicho plazo, se entenderá aprobada sin ulterior recurso.
  Asimismo, se tiene por practicada la tasación de costas en base a los justificantes que obren unidos a las actuaciones, de la que se dará traslado a las partes por plazo común de diez días para que si a sus respectivos derechos conviene, puedan impugnarla, apercibiéndoles de que de no verificarlo se les tendrá por conformes y se abonará su importe según el orden establecido en la misma, procediéndose para su exacción por la vía de apremio en caso de impago y previa petición, en su caso, de parte interesada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Luisa Lillo Ruiz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de octubre de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/33.282/14)</texto>
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