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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/11/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Procedimiento ordinario 942 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>280</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 
 126 
 Procedimiento ordinario 942 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 942 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristian González Fernández, frente a “Chauffeur Vip, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
  1.  Que estimando la acción de despido improcedente interpuesta por don Cristian González Fernández, contra “Chauffeur Vip, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha 11 de agosto de 2014 del que el demandante fue objeto, condenando a “Chauffeur Vip, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por esta declaración.
  2.  Declaro extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día 23 de octubre de 2014.
  3.  Condeno a “Chauffeur Vip, Sociedad Limitada”, a pagar a don Cristian González Fernández conforme se establece en el fundamento de derecho quinto la indemnización por importe de 78,26 euros.
  4.  Que estimo parcialmente la reclamación de cantidad interpuesta por don Cristian González Fernández, contra “Chauffeur Vip, Sociedad Limitada”, y condeno a “Chauffeur Vip, Sociedad Limitada”, a abonar a don Cristian González Fernández la cantidad de 597,65 euros brutos por los conceptos que se detallan en el hecho probado quinto.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Santander” a nombre de este Juzgado con el número 28006000060094214, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la calle Princesa, número 3, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
  Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia  por el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Arturo Rodríguez Lobato que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Chauffeur Vip, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 24 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/33.475/14)</texto>
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