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    <fecha_publicacion>2014/12/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 154 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>285</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 138 
 Ejecución 154 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 154 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Rodríguez Lozano, frente a “Casa de Impresión, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Por presentado el anterior escrito por la letrada de la parte ejecutante, doña Olga Cornejo Cornejo, únase a los autos de su razón, se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, y dese traslado de su contenido a la parte contraria.
  De conformidad con lo solicitado, se acuerda la reanudación de la presente ejecución a favor de la parte actora y del Fondo de Garantía Salarial, procediéndose nuevamente a la investigación del patrimonio de la ejecutada, y a tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial, y con su resultado se acordará.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Casa de Impresión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de octubre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.106/14)</texto>
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