<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20141212-150</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/12/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 34. Procedimiento ordinario 1.138 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>296</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2014-12-12-296101220140144</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/12/12/BOCM-20141212-150.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/12/12/BOCM-20141212-150.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/12/12/BOCM-20141212-150.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/12/12/BOCM-20141212-150.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 
 150 
 Procedimiento ordinario 1.138 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial, en sustitución, del Juzgado de lo  social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.138 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Sánchez Beltrán, frente a don José Luis Gómez Vázquez, “Bouley, Sociedad Limitada”, y “Ente Moda, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por don Javier Sánchez Beltrán, contra don José Luis Gómez Vázquez, “Ente Moda, Sociedad Limitada”, y “Bouley, Sociedad Limitada”, y, en su virtud, condenar solidariamente a todos los codemandados a que abonen a la parte actora el importe de 6.275,27 euros por los conceptos de la demanda, más los intereses moratorios en la forma y cuantía que se establece en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en la oficina del “Banco Santander”, en la calle Princesa, número 3, primera planta, de esta capital.
  Asimismo, deberá en el momento de anunciar el recurso acreditar haber consignado la suma de 300,00 euros en concepto de depósito en la cuenta número 2807/0000/34, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco.
  Por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bouley, Sociedad Limitada”, y “Ente Moda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de noviembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.390/14)</texto>
</documento>