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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SAN MARTÍN DE LA VEGA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/12/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– San Martín de la Vega. Régimen económico. Modificación ordenanza precios públicos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>304</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SAN MARTÍN DE LA VEGA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 75 
 Modificación ordenanza precios públicos 
  Finalizado el trámite de información pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, aprobada provisionalmente en sesión plenaria de 29 de octubre de 2014, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación alguna, el anterior acuerdo se entiende definitivamente adoptado con fecha 16 de diciembre de 2014, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  El texto íntegro de la modificación efectuada, con efectos de 1 de enero de 2015, es el siguiente:
  Modificación del artículo 4, ·”Base imponible y cuotas siguientes”:
  .	Epígrafe C: Instalación de terrazas de veladores, mesas y sillas con finalidad lucrativa, apartado 5 bis, “Tarifas”.
  	Autorización anual: atenderá a cada mesa y silla instalada por dicha temporada y por categoría de vía pública:
  	1.a categoría: 8,53 euros/unidad.
  	2.a categoría: 7,87 euros/unidad.
  	3.a categoría: 7,22 euros/unidad.
  	Autorización estacional: atenderá a cada mesa y silla instalada por dicha temporada y por categoría de vía pública:
  	1.a categoría: 4,95 euros/unidad.
  	2.a categoría: 4,56 euros/unidad.
  	3.a categoría: 4,19 euros/unidad.
  .	Epígrafe H, “Utilización y ocupación de terrenos de uso o dominio público con motivo de realización de obras”.
  1.	Formas de utilización y ocupación de terrenos de uso o dominio público:
  
 
   	Se numera el apartado de “Fianzas” con el número 2 y el apartado de “Infracciones” con el número 3.
  .	Se corrige el error material detectado de tal manera que:
  	El epígrafe K), “Utilización del dominio público no edificado”, pasa a denominarse “Epígrafe J”.
  	El epígrafe L), “Ocupaciones de suelo, vuelo o subsuelo”, pasa a denominarse “Epígrafe K”.
  Contra este acuerdo definitivo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.
  San Martín de la Vega, a 19 de diciembre de 2014..La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.
  (03/38.777/14)</texto>
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