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    <fecha_publicacion>2014/12/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Ejecución 177 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>306</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 
 62 
 Ejecución 177 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 177 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rolinthon Clotildo Ruiz Piñánez, frente a “Cibeles Servicio Integral, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Rolinthon Clotildo Ruiz Piñánez con la empresa “Cibeles Servicio Integral, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 4.227,33 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 12.619,64 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 5052/0000/64/0177/14.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez sustituta de lo social doña Valvanuz Peña García.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cibeles Servicio Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de noviembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.725/14)</texto>
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