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    <fecha_publicacion>2014/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Torrejón de la Calzada. Otros anuncios. Caducidad inscripción padronal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Caducidad inscripción padronal 
  “Decreto 1170/2014, caducidad de la inscripción padronal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.
  Don Eusebio García Gómez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Madrid), en virtud de las atribuciones que me confieren las disposiciones vigentes y considerando:
  Primero..Lo dispuesto en la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, ha introducido una modificación en el artículo 16 de la Ley 7/1985, que establece la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación.
  Segundo..Las instrucciones séptima y octava de la resolución de 28 de abril de 2005, de la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años.
  HE RESUELTO
  Primero..Declarar la caducidad de la inscripción padronal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que se incluyen en el listado siguiente por falta de renovación de dicha inscripción en el padrón municipal de habitantes al transcurrir dos años desde su fecha de alta o renovación en el citado padrón.
  
 
   Segundo..Dar de baja a los extranjeros incluidos en el listado anterior con fecha de efecto de la publicación de la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Tercero..Notificar esta resolución a los interesados, con ofrecimiento de los recursos que contra él se pueden interponer.
  Cuarto..Dar cuenta de la misma al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre.
  Torrejón de la Calzada, a 19 de noviembre de 2014..Firmado y rubricado: el alcalde-presidente..Ante mí: la secretario general”.
  En Torrejón de la Calzada, a 20 de noviembre de 2014..El alcalde-presidente, Eusebio García Gómez.
  (02/7.616/14)</texto>
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