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    <identificador>BOCM-20150115-118</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/01/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valladolid número 2. Ejecución 365 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2 
 
 118 
 Ejecución 365 de 2012 
  EDICTO
  Don José Luis García Roig, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 365 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Francisco Sánchez Hernández, contra las empresas “Construcciones y Rehabilitaciones Alcántara, Sociedad Limitada”, “Valconsa Dos Construcciones, Sociedad Limitada”, “Feritalicia Constructora, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Rehabilitaciones Galena, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Rehabilitaciones Pilot, Sociedad Limitada”, “Delcón Delta Construcciones, Sociedad Limitada”, “Procontrata, Promociones y Contratas, Sociedad Anónima”, e “Ibercontrata, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Acuerdo:
  a)  Declarar a las ejecutadas “Construcciones y Rehabilitaciones Alcántara, Sociedad Limitada”, “Valconsa Dos Construcciones, Sociedad Limitada”, “Feritalicia Constructora, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Rehabilitaciones Galena, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Rehabilitaciones Pilot, Sociedad Limitada”, “Delcón Delta Construcciones, Sociedad Limitada”, “Procontrata, Promociones y Contratas, Sociedad Anónima”, e “Ibercontrata, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 44.482,92 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.
  Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante el secretario judicial que dicta esta resolución, interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Rehabilitaciones Galena, Sociedad Limitada”, y “Procontrata, Promociones y Contratas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Valladolid, a 9 de diciembre de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/38.643/14)</texto>
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