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    <fecha_publicacion>2015/01/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Ejecución 234 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>24</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 
 99 
 Ejecución 234 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 234 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Gonzalo Muñoz, frente a “Mitos Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don José Luis Gonzalo Muñoz, frente a la demandada “Mitos Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 2.211,11 euros, más 154,77 y 221,11 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, 2515-0000-64-0234-14.
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma..La ilustrísima señora magistrada-juez, doña Paloma Rebate Labrandero.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mitos Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de diciembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/792/15)</texto>
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