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    <identificador>BOCM-20150205-6</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>ACUERDO</rango>
    <fecha_publicacion>2015/02/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Plan especial infraestructuras
– Acuerdo 10/2015, de 28 de enero, de la Comisión de Urbanismo, relativo al Plan Especial de Infraestructuras para la Implantación del “Complejo Medioambiental de Reciclaje en la Mancomunidad del Este, Madrid”, en el término municipal de Loeches, promovido por la Mancomunidad del Este</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>30</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 ACUERDO 10/2015, de 28 de enero, de la Comisión de Urbanismo, relativo al Plan Especial de Infraestructuras para la Implantación del “Complejo Medioambiental de Reciclaje en la Mancomunidad del Este, Madrid”, en el término municipal de Loeches, promovido por la Mancomunidad del Este. 
  La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 28 de enero de 2015, ha examinado el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras para la implantación del “Complejo Medioambiental de Reciclaje en la Mancomunidad del Este, Madrid”, en el término municipal de Loeches, promovido por la Mancomunidad del Este.
  En virtud del contenido de los informes técnico y jurídico, de fechas 30 de diciembre de 2014 y 14 de enero de 2015, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha 14 de enero de 2015, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas,
  ACUERDA
  Primero
  Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras para la implantación del “Complejo Medioambiental de Reciclaje en la Mancomunidad del Este, Madrid”, en el término municipal de Loeches, promovido por la Mancomunidad del Este.
  Segundo
  Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de cuarenta y cinco días hábiles, mediante inserción de los correspondientes anuncios en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid y, una vez cumplimentado, proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.
  Tercero
  Requerir informe, concediendo el mismo plazo de cuarenta y cinco días hábiles para su emisión, a los siguientes Organismos afectados:
  .	De la Comunidad de Madrid:
  	Dirección General de Evaluación Ambiental.
  	Dirección General del Medio Ambiente (Subdirección General de Recursos Agrarios–Área de Vías Pecuarias y Subdirección General de Conservación del Medio Natural–Área de Conservación de Montes).
  	Dirección General de Ordenación e Inspección.
  	Dirección General de Patrimonio Histórico.
  	Dirección General de Carreteras.
  	Dirección General de Industria, Energía y Minas.
  .	Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.
  .	Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
  .	Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento.
  .	Confederación Hidrográfica del Tajo.
  .	Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.
  .	Gas Natural. Unión Fenosa.
  .	Compañía Logística de Hidrocarburos. CLH.
  Cuarto
  Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Loeches, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles.
  Los citados Organismos remitirán una copia de su informe al promotor.
  Conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente Acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado, por un período de cuarenta y cinco días hábiles, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.
  Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.
  Madrid, a 28 de enero de 2015..La Secretaria General Técnica, Bárbara Cosculluela Martínez.
  (02/617/15)</texto>
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