<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150209-43</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MAJADAHONDA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/02/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Majadahonda. Urbanismo. Notificación legalidad urbanística</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>33</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-02-09-33300120150003</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/09/BOCM-20150209-43.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/09/BOCM-20150209-43.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/09/BOCM-20150209-43.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/09/BOCM-20150209-43.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MAJADAHONDA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA 
 URBANISMO
 
 43 
 Notificación legalidad urbanística 
  El concejal-delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, con fecha 7 de octubre de 2014 adoptó resolución 2109/2014, relativa al procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística tramitado bajo el número de expediente 2/2010 DU, con motivo de las obras ilegalmente ejecutadas en la vivienda situada en calle Roble, número 18 (urbanización “Entreálamos”), de Majadahonda (Madrid), en los términos que se hacen constar.
  Intentada la notificación del acto administrativo que se transcribe en su parte dispositiva, sin que haya sido posible practicarla en el último domicilio conocido del interesado y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido del acto que a continuación se especifica, así como a la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
  L.A.P.M. C.U.I.T. 20-62.050.561-8. Calle Roble, número 18, 28221 Majadahonda (Madrid). Caducidad de la acción de restablecimiento de la legalidad urbanística, prescripción de la infracción urbanística cometida así como de la situación de fuera de ordenación absoluta y de legalización parcial de las obras ejecutadas.
  De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en el Servicio de Licencias de Obra Mayor y Disciplina Urbanística de este Ayuntamiento (plaza Mayor, número 3, segunda planta, 28220 Majadahonda), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes.
  Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, puede interponer potestativamiente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que ha dictado dichos actos, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de la presente publicación, sin perjuicio de poder ejercitar, en su caso, cualquier otra acción que estime procedente (artículo 117 de la Ley 30/1992 y artículo 52 de la Ley 7/1985).
  Majadahonda, a 10 de diciembre de 2014..El concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Pablo García González.
  (02/55/15)</texto>
</documento>