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    <identificador>BOCM-20150209-65</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/02/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 83. Procedimiento ordinario 549 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>33</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83 
 
 65 
 Procedimiento ordinario 549 de 2013 
  EDICTO
  En el juicio de procedimiento ordinario número 549 de 2013 se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 31 de octubre de 2014..Que en este Juzgado han sido vistos los autos  de juicio ordinario número 549 de 2013 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante “Banco Bilbao Vizcaya”, representado por la señora procuradora doña María Jesús Gutiérrez Aceves y defendido por la señora letrada doña Ana María Grijalbo de Cabo, y como demandada, doña Marlyn Bersalin Noboa Urbáez, sin representación ni defensas técnicas.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la representación de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, contra doña Marlyn Bersalin Noboa Urbáez, debo declarar y declaro haber lugar a:
  a)  Condenar a la demandada a pagar al actor la cantidad de 17.740,65 euros.
  b)  Condenar a la demandada a pagar al actor los intereses pactados de la anterior cantidad.
  c)  Imponer a la demandada el pago de las costas procesales ocasionadas al demandante.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá interponerse en este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario depósito por valor de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
  En Madrid, a 31 de octubre de 2014..El secretario judicial (firmado).
   (02/341/15)</texto>
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