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    <identificador>BOCM-20150220-51</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>GETAFE</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/02/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Getafe. Contratación. Licitación obras colegio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>43</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Getafe</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GETAFE 
 CONTRATACIÓN
 
 51 
 Licitación obras colegio 
  En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 9 de febrero de 2015, fue insertado anuncio de licitación del procedimiento abierto convocado para llevar a cabo las obras de construcción de la primera fase del colegio de Educación Infantil y Primaria. Parcela EQ-3.1 del Sector PP-02 “Los Molinos” (Getafe) (expediente 6/15).
  Habiendo sito rectificados los siguientes errores en la sesión de la Junta de Gobierno, de 18 de febrero de 2015, se hace público para general conocimiento:
  Primero..Rectificar el error detectado en la cláusula undécima del pliego de cláusulas administrativas aprobado en la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 5 de febrero de 2015, en el siguiente sentido:
  Donde decía:
  (...) f)	Certificado acreditativo de hallarse clasificado, como empresa contratista de obras en los siguientes grupos, subgrupos y categorías:
  .	Grupo C, subgrupo 3, categoría e).
  .	Grupo C, subgrupo 4, categoría e).
  .	Grupo J, subgrupo 2, categoría e).
  .	Grupo K, subgrupo 1, categoría e).
  Debe decir:
  (...) f)	Certificado acreditativo de hallarse clasificado, como empresa contratista de obras en los siguientes grupos, subgrupos y categorías:
  .	Grupo C, subgrupo 3, categoría e).
  .	Grupo C, subgrupo 4, categoría e).
  .	Grupo J, subgrupo 2, categoría e).
  Segundo..Rectificar la cláusula séptima del referido pliego, de manera que:
  Donde decía: (...) Se establece que el porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar, es del 50 por 100 sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con empresas vinculadas al contratista principal, o el porcentaje que tendrá la obligación de subcontratar a terceros (...).
  Debe decir: (...) Se establece que el porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar, es del 80 por 100 sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con empresas vinculadas al contratista principal, o el porcentaje que tendrá la obligación de subcontratar a terceros (...).
  En consecuencia, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el plazo de veintiséis días naturales establecido para la presentación de proposiciones, computará desde el siguiente al de la publicación de este anuncio de rectificación (si el último día de presentación de proposiciones coincidiese en festivo, se trasladará al primer día hábil siguiente).
  Getafe, a 18 de febrero de 2015..El técnico de Contratación (instrucción de Alcaldía de 11 de julio de 2007), Ignacio Contreras Serrano.
  (01/505/15)</texto>
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