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    <identificador>BOCM-20150223-140</identificador>
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    <fecha_publicacion>2015/02/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento 180 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>45</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 
 140 
 Procedimiento 180 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICA
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 180 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Beatriz Flores Tierra, frente a “Tetuán Gastronomía y Restauración, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que desestimando la acción de despido ejercitada en la demanda formulada por doña Mónica Beatriz Flores Tierra, contra “Tetuán Gastronomía y Restauración, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos formulados.
  Y estimando la acción de reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora 284,63 euros, más el 10 por 100 en concepto de interés por mora.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tetuán Gastronomía y Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de enero de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.104/15)</texto>
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