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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 43 de 2014-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>48</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
 150 
 Ejecución 43 de 2014-M 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 43 de 2014-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Hervás Martínez, frente a “Obras y Proyectos Raluka, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa se ha dictado en el día de la fecha decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.257,32 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Obras y Proyectos Raluka, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución, hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2519-0000-64-0043-14.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe, la secretaria judicial, doña María Angustias Caro Vida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Obras y Proyectos Raluka, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 28 de enero de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.595/15)</texto>
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