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    <identificador>BOCM-20150226-164</identificador>
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    <fecha_publicacion>2015/02/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Ejecución 107 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>48</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 164 
 Ejecución 107 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 107 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón Vladimir Cruz Trejo, frente a “Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto número 55 de 2015
  En Madrid, a 26 de enero de 2015..Por todo lo cual,
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 20.531,94 euros de principal (que se corresponden con 3.038,63 euros de indemnización, 14.048,85 euros de salarios de tramitación, 3.238,38 euros de salarios adeudados y 206,08 euros de interés por mora sobre los salarios adeudados), más 1.231,91 euros de intereses y 2.053 euros de costas, se declara la insolvencia provisional de la ejecutada “Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2526/0000/64/0107/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de enero de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.553/15)</texto>
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